El día de ayer leí en un diario
local que INDECOPI se aprestaba a normar el accionar de los llamados “influencers”. ¿Quiénes son estos
personajes que han merecido la atención de este organismo regulador?
Estos nuevos actores del mundo de
la mercadotecnia son por lo general jóvenes o gente con determinado
predicamento y con ciertos
conocimientos, que gracias a su gran presencia en las redes sociales les
permite ser imagen de muchos potenciales compradores que actúan de acuerdo a sus
consejos y sugerencias.
Hoy en día el mercado de la
publicidad ha cambiado por completo. Ya no es necesario solo un aviso
publicitario sino de alguien que nos diga qué tan bueno es un restaurante o un teléfono
celular. Es por ello que INDECOPi en su calidad de regulador pretende “cuidar
los bolsillos” de los consumidores evitando estafas o publicidad engañosa.
Una aparente buena iniciativa que
buscar determinar qué es publicidad y qué no es; sin embargo esto creo que
también cae en el plano tributario pues habría que preguntarse si estos “influencers”
declaran los ingresos recibidos, sean en especie o en dinero, y por ende
tributan. Por ahí debería apuntar la cosa.
En cuanto a la pertinencia o no
de los consejos o sugerencias, está claro que cae dentro de la libertad que
tenemos los consumidores para dar crédito o no a ellos. En una época donde una
reputación se puede caer en segundos, creo que un influencer debe tener mucho
cuidado al recomendar a alguien o algo que no brindan o tienen la calidad que
dicen que tiene. Los consumidores del siglo XXI rápidamente se enteran de las
bondades de algo gracias al internet y sus herramientas como las redes
sociales. ¿Habrá entonces llegado el momento de regularlas?
No lo creo. A pesar de la
existencia de muchas noticias falsas (fake news) o información engañosa,
podríamos estar cayendo en la censura, atentando contra la libertad de
expresión. Hay ya regulación respecto a la difamación u similares para querer
imponer el control del ciberespacio.
Volviendo al tema de los
influencers, hay que hacer el distingo entre lo que es la mención de personas,
empresas e instituciones por el simple
hecho de orientar positivamente a los consumidores y otra la publicidad propiamente
dicha. En mi caso, algunas veces me permito mencionar en mis blogs, cuenta de
Facebook o Twitter ciertos lugares que me parecen de calidad como es el caso del
restaurante Mezzanine en Magdalena del Mar.
Entonces si se quiere cumplir el
rol de protección del consumior, habría que preguntarse qué sucedió en el caso
de “la leche de soya”. ¿Qué hizo finalmente INDECOPI? ¿ O qué hace frente a ciertas tiendas de
departamentos que apelando la figura de famosos vende ropa de pésima calidad?
Regular es bueno pero cuidado con
excederse y ser un instrumento de una economía controlista.
FOTO: https://cuadrosyvinilos.es/vinilos-decorativo
No hay comentarios.:
Publicar un comentario